Reglamento federal

Artículo 86 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 86.- Son facultades de la Comisión de Evaluación:

I. Instruir a las Direcciones para que remitan los extractos de antecedentes, hojas de actuación, certificados de conducta y demás documentación necesaria del Personal Potencial para participar en la Promoción Superior;

II. Dar a conocer a los participantes el proceso de evaluación;

III. Excluir del Personal Potencial a los participantes que no reúnan los requisitos establecidos en la Ley y en el presente Reglamento o que hagan uso de medios fraudulentos durante la presentación de los exámenes y pruebas;

IV. Incluir en el Personal Potencial a quienes se encontraban excluidos en un primer momento para participar, cuando resulte procedente;

V. Capturar los datos e integrar los expedientes del personal participante, así como de los documentos que servirán de base para el proceso de análisis;

VI. Analizar el desempeño profesional de los participantes conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento;

VII. Requerir la opinión técnica de las Direcciones;

VIII. Comunicar al personal que no haya acreditado buena salud, el padecimiento y las recomendaciones emitidas por los médicos para su tratamiento;

IX. De acuerdo con el proceso de la Promoción Superior, elaborar la relación final de los participantes;

X. Presentar el resultado de la Promoción Superior al Alto Mando;

XI. Resolver las inconformidades o incidentes que se presenten en el desarrollo de la Promoción Superior, y XII. Las demás que sean necesarias para cumplir con los propósitos que le establece la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 86 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

Son facultades de la Comisión de Evaluación: I. Instruir a las Direcciones para que remitan los extractos de antecedentes, hojas de actuación, certificados de conducta y demás documentación necesaria del Personal…

¿Está vigente el artículo 86?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 03-05-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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