Reglamento federal

Artículo 57 de Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas · Última reforma de referencia: 20-02-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 57.- La participación del Agente en un procedimiento de contratación consistirá en la asesoría, elaboración de proyectos y propuestas, apoyo logístico, técnico o de cualquier otra naturaleza, que ayuden a la Dependencia o Entidad Federal a realizar cualquier acto del procedimiento de contratación.

Párrafo reformado DOF 20-02-2017 Los servicios del Agente podrán incluir la realización de talleres financieros, jurídicos, técnicos y cualquier otra actividad que permita la mejor difusión de proyecto, así como la coordinación de las sesiones públicas de recepción y apertura de propuestas.

En todo caso, los actos que a continuación se indican deberán ejecutarse invariablemente por la dependencia o entidad federal convocante, sin perjuicio del apoyo que puedan recibir del Agente:

I. La convocatoria, invitación a cuando menos tres personas, bases de la contratación y aclaraciones a éstas;

Fracción reformada DOF 20-02-2017 II. Evaluación de las propuestas, fallo y contratación del proyecto, y Fracción reformada DOF 20-02-2017 III. Celebración del contrato de asociación público-privada.

La participación del Agente deberá quedar debidamente documentada, de manera que permita demostrar su actuación profesional, ética, honesta, objetiva e imparcial.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas?

La participación del Agente en un procedimiento de contratación consistirá en la asesoría, elaboración de proyectos y propuestas, apoyo logístico, técnico o de cualquier otra naturaleza, que ayuden a la Dependencia o…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-02-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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