Artículo 232 de Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Reglamento de la Ley de Aviación Civil · Última reforma de referencia: 31-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 232. La Agencia Federal de Aviación Civil, establecerá acuerdos de intercambio de información fáctica relacionadas con los accidentes e incidentes de aviación, asimismo, coadyuvará con diversas autoridades competentes que tengan participación con la investigación.
Artículo adicionado DOF 31-05-2023
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.