Artículo 13 de Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones · Última reforma de referencia: 13-02-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13. La solicitud señalada en el artículo anterior, deberá acompañarse de los siguientes documentos:
I. Copia certificada del acta constitutiva del Grupo Promotor, y II. Copia certificada del instrumento expedido por fedatario público por el que se faculte al representante del Grupo Promotor a actuar en nombre de éste.
Asimismo, deberán acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos de manera específica en los artículos 13 o 14 de la Ley.
Para el caso de que la solicitud corresponda a una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo adicionalmente deberán presentarse los documentos oficiales que acrediten que en la circunscripción propuesta se encuentra establecida una población superior a los doscientos mil habitantes y que existan por lo menos dos mil quinientos comerciantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.