Artículo 156 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 156.- La compatibilidad de estudios es el dictamen que emite la Secretaría por conducto de la Dirección y Rectoría, de los estudios realizados fuera del Sistema, respecto a los que se imparten en el mismo, con fines de alta de profesionistas en el Ejército y Fuerza Aérea, reclasificación de personal militar y otros que determine la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.