Artículo 50 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 50.- La Dirección y Rectoría, de conformidad con el manual que para tal efecto se emita, expedirá los certificados y dictámenes técnicos a que se refiere el artículo 47 de la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.