Artículo 51 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 51.- La Dirección y Rectoría implementará los cursos básicos de los jefes y oficiales egresados de las Instituciones Educativas que no tengan Unidad-Escuela de su especialidad, así como otros que determine la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.