Artículo 74 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 74.- La modalidad escolarizada, implica la presencia física del discente en todas las actividades programadas, bajo la conducción de un docente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.