Artículo 81 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 81.- Los planes de estudio deberán incluir, entre otros, los elementos siguientes:
I. Objetivo general de la carrera o curso;
II. Perfil de egreso;
III. Contenidos temáticos o Asignaturas;
IV. Objetivos;
V. Organización de los estudios;
VI. Recomendaciones metodológicas;
VII. Procedimientos de evaluación;
VIII. Procedimientos de acreditación;
IX. Certificación de estudios;
X. Perfil de ingreso, y XI. Consideraciones generales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.