Artículo 14 de Reglamento de la Ley de Educación Naval
Reglamento de la Ley de Educación Naval · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 14.- La Rectoría tendrá como misión administrar y dirigir el Sistema Educativo de conformidad con lo establecido en la Ley, el presente Reglamento y el Decreto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.