Artículo 15 de Reglamento de la Ley de Energía para el Campo
Reglamento de la Ley de Energía para el Campo · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 15.- Para garantizar la correcta aplicación de la cuota energética, la Secretaría instrumentará mecanismos de supervisión permanente a los Sujetos beneficiarios del Programa, mediante la práctica de visitas de inspección y verificación, de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.