Reglamento federal

Artículo 65 de Reglamento de la Ley de Hidrocarburos

Reglamento de la Ley de Hidrocarburos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 65.- La Secretaría, la Secretaría de Economía, la Comisión y la Comisión Reguladora de Energía deberán coordinarse a fin de contar con un sistema integral de información de la medición de los Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos, así como un balance general que contemple dicha medición desde la producción hasta la comercialización y Expendio al Público. En el caso de actividades de Extracción, el sistema integral de información considerará los estándares internacionales de la industria en materia de medición de Hidrocarburos.

La Secretaría, la Comisión y la Comisión Reguladora de Energía celebrarán convenios de coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el Fondo Mexicano del Petróleo para que estos últimos tengan acceso al sistema integral de información referido en el párrafo anterior, así como para que reciban la información referente a la medición de Hidrocarburos, en los formatos y conforme a los términos que al efecto se establezcan en dichos convenios de coordinación.

Capítulo II De las Bases de Coordinación para el Desarrollo de Proyectos en la Industria de Hidrocarburos

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 65 de Reglamento de la Ley de Hidrocarburos a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 65 de Reglamento de la Ley de Hidrocarburos?

La Secretaría, la Secretaría de Economía, la Comisión y la Comisión Reguladora de Energía deberán coordinarse a fin de contar con un sistema integral de información de la medición de los Hidrocarburos, Petrolíferos y…

¿Está vigente el artículo 65?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.