Artículo 114 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 114. El otorgamiento de cualquiera de los estímulos establecidos en el artículo anterior, excluye la concesión de otro por el mismo hecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.