Artículo 12 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 12. Es personal de los servicios, aquél que desempeña actividades de apoyo a las funciones del personal operativo.
Capítulo IV Del Mando
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.