Artículo 94 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 94. Para participar en los concursos de promoción, para ascender al grado jerárquico inmediato, los Oficiales deberán cumplir con los requisitos siguientes:
I. Tener como mínimo el tiempo de servicios conforme a lo siguiente:
a) Suboficial: 6 años;
b) Oficial: 9 años;
c) Segundo Subinspector: 12 años, y d) Primer Subinspector: 15 años;
II. Tener en el grado que ostente una antigüedad mínima de 3 años;
III. Tener buena salud y estar capacitado físicamente para el desempeño de las funciones propias del grado inmediato superior;
IV. Haber aprobado los cursos de formación correspondientes;
V. Acreditar buena conducta civil y como Integrante de Carrera, y VI. No encontrarse en alguno de los supuestos de exclusión del concurso de promoción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.