Reglamento federal

Artículo 61 de Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica

Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 61.- Cuando el Solicitante de una conexión o interconexión considere que los actos del Transportista o Distribuidor no se apegan a lo dispuesto en la Ley, este Reglamento o a las disposiciones jurídicas aplicables, podrá presentar por escrito su reclamación ante el Transportista o Distribuidor correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 61 de Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica?

Cuando el Solicitante de una conexión o interconexión considere que los actos del Transportista o Distribuidor no se apegan a lo dispuesto en la Ley, este Reglamento o a las disposiciones jurídicas aplicables, podrá…

¿Está vigente el artículo 61?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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