Artículo 115 de Reglamento de la Ley de la Policía Federal
Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Última reforma de referencia: 22-08-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 115.- Los titulares de las restantes unidades no comprendidos del artículo 111, se considerarán mandos subordinados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.