Artículo 134 de Reglamento de la Ley de la Policía Federal
Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Última reforma de referencia: 22-08-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 134.- Los requisitos para que los Integrantes de la Institución puedan participar en los procesos de promoción serán los siguientes:
I. Estar en servicio activo, no encontrarse comisionado o gozando de licencia;
II. Presentar, conforme al procedimiento y plazo establecido en la convocatoria, la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley y el presente Reglamento;
III. Contar con los requisitos de antigüedad en el grado y en el servicio;
IV. Haber observado buena conducta, y V. Los demás que, conforme a la Ley y el presente Reglamento, se señalen en la convocatoria respectiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.