Artículo 135 de Reglamento de la Ley de la Policía Federal
Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Última reforma de referencia: 22-08-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 135.- Podrán otorgarse promociones por mérito especial, a quienes se destaquen en el servicio por actos de reconocido valor o por extraordinarios méritos durante el desarrollo de sus funciones. En todo caso, deberá considerarse lo siguiente:
I. Que el acto hubiere salvado vidas humanas con riesgo de la propia, o II. Que el acto salve bienes de la nación, con riesgo de su vida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.