Artículo 403 de Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 403.- Las Embarcaciones o Artefactos Navales que transporten Sustancias Nocivas Líquidas a granel, cumplirán con las disposiciones del Anexo II del MARPOL.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.