Artículo 82 de Reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas
Reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas · Última reforma de referencia: 10-01-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 82.- Contra la resolución emitida por el Registro Nacional de Organismos Ganaderos que niegue el servicio registral procederá el recurso de revisión, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
SECCIÓN TERCERA DE LA RECTIFICACIÓN DE ASIENTOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.