Reglamento federal

Artículo 57 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación

Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 57. Para el pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales a cargo de las Dependencias y Entidades, éstas deberán registrar su declaración fiscal en el sistema electrónico a cargo de la Tesorería establecido para tales efectos y expedir cuentas por liquidar certificadas compensadas a favor de la Tesorería, las cuales deberán registrarse en dicho sistema para su liquidación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación?

Para el pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales a cargo de las Dependencias y Entidades, éstas deberán registrar su declaración fiscal en el sistema electrónico a cargo de la Tesorería establecido…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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