Reglamento federal

Artículo 17 de Reglamento de la Ley de Transición Energética

Reglamento de la Ley de Transición Energética · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 17. Los interesados en recibir el Reconocimiento de Excelencia en Eficiencia Energética deberán cumplir con los requisitos siguientes:

I. Presentar su solicitud mediante escrito libre ante la Secretaría, señalando lo siguiente:

a) Nombre comercial del producto, equipo o edificación que se desea certificar, en su caso;

b) Descripción sucinta del producto, equipo o edificación que se desea certificar, y c) La demás información que el interesado estime relevante para determinar que el producto, equipo o edificación que se desea certificar hace uso sustentable y eficiente de la energía;

II. Presentar en original y copia simple para cotejo de lo siguiente:

a) La identificación oficial con fotografía y firma del solicitante, tratándose de persona física;

b) Los instrumentos que acrediten su legal constitución y, en su caso, las modificaciones a los estatutos sociales, tratándose de persona moral;

c) El comprobante de domicilio, y d) Los instrumentos que acrediten la personalidad y las facultades del representante o representantes legales, así como la identificación oficial con firma y fotografía de los mismos, en su caso, y III. Acompañar las pruebas de desempeño, indicadores y cualquier otra prueba técnica, las cuales deberán estar validadas por el ente acreditado para la Norma Oficial Mexicana aplicable en cada caso, que acredite la Eficiencia Energética y el uso sustentable del producto, equipo o edificación que se desea certificar, con base en los estándares nacionales o internacionales en esta materia, y de conformidad con lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Reglamento de la Ley de Transición Energética?

Los interesados en recibir el Reconocimiento de Excelencia en Eficiencia Energética deberán cumplir con los requisitos siguientes: I. Presentar su solicitud mediante escrito libre ante la Secretaría, señalando lo…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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