Artículo 20 de Reglamento de la Ley de Transición Energética
Reglamento de la Ley de Transición Energética · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 20. Los acuerdos voluntarios contendrán los elementos siguientes:
I. Las declaraciones de las partes, y II. Los términos y condiciones del acuerdo voluntario, incluyendo al menos:
a) La meta voluntaria de reducción en la intensidad energética que el participante se compromete a implementar en sus actividades productivas, que deberá ser igual o mayor a la meta establecida en el artículo 112, segundo párrafo de la Ley. Dicha meta voluntaria deberá basarse en el resultado de un diagnóstico o revisión energética que presente el participante y que deberá contener al menos, la cantidad de energía que se espera ahorrar durante el tiempo de implementación de las acciones de Eficiencia Energética, la inversión considerada, la rentabilidad financiera y el periodo simple de recuperación de la inversión de cada una de dichas acciones;
b) Las acciones de Eficiencia Energética que deberá realizar el participante para cumplir la meta a que se refiere el inciso anterior. Dichas acciones deberán basarse en el costo-beneficio de las medidas identificadas, conforme al inciso h) de esta fracción;
c) Los términos para la actualización trienal de la meta a que se refiere el inciso a) de esta fracción, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 112 de la Ley;
d) Los mecanismos y procedimientos para verificar el cumplimiento del acuerdo voluntario, conforme al artículo 22 de este Reglamento;
e) La vigencia del acuerdo voluntario;
f) Las causas de terminación del acuerdo voluntario;
g) Los beneficios y, en su caso, apoyos e incentivos que recibirá el participante al inicio, durante la implementación de las medidas de Eficiencia Energética y al cumplimiento de la meta que se le haya establecido en términos del inciso a) de esta fracción, y h) La estimación del costo-beneficio que tendrán la implementación de las acciones a que se refiere el inciso b) de esta fracción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.