Reglamento federal

Artículo 50 de Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas · Última reforma de referencia: 19-02-2019 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 50. La Junta Directiva autorizará el monto de los créditos hipotecarios que se otorguen con cargo al fondo de la vivienda militar, mismos que incluirán los gastos de escrituración, en términos de la fracción V del artículo 123 de la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 50 de Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas?

La Junta Directiva autorizará el monto de los créditos hipotecarios que se otorguen con cargo al fondo de la vivienda militar, mismos que incluirán los gastos de escrituración, en términos de la fracción V del artículo…

¿Está vigente el artículo 50?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 19-02-2019. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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