Artículo 85 de Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas · Última reforma de referencia: 19-02-2019 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 85. La incapacidad fuera, dentro o a consecuencia de actos del servicio, será declarada por la Dirección, con base en el dictamen médico de relación de causalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.