Artículo 26 de Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano · Última reforma de referencia: 17-10-2019 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 26.- La Secretaría expedirá las normas y procedimientos relativos a los inmuebles adquiridos por la Federación en el extranjero, en los términos que dispone la Ley General de Bienes Nacionales.
Asimismo, deberá mantener actualizado un inventario de los bienes señalados en el párrafo anterior, de conformidad con la legislación vigente, y las hará del conocimiento de las Representaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.