Reglamento federal

Artículo 133 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar

Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 133.- Se exigirá a los reservistas llamados a instrucción que consagren a ella su máxima atención y voluntad, persuadiéndolos que tal instrucción es una mínima parte del deber militar que como mexicanos les corresponde y que es de su responsabilidad personal sacar el mayor provecho para estar aptos como elementos vivos de la defensa nacional.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 133 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar?

Se exigirá a los reservistas llamados a instrucción que consagren a ella su máxima atención y voluntad, persuadiéndolos que tal instrucción es una mínima parte del deber militar que como mexicanos les corresponde y que…

¿Está vigente el artículo 133?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 06-06-1947. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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