Artículo 157 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 157.- Todas las autoridades del país están en la obligación de hacer ver a los mexicanos, las ventajas que implica la posesión y portación de la Cartilla de Identificación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.