Artículo 159 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 159.- En el anverso de las cédulas dactiloscópicas se tomarán separadamente las huellas de cada uno de los dedos de ambas manos en las casillas correspondientes y en el reverso las huellas de control de los mismos, menos los pulgares.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.