Artículo 205 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 205.- Las Juntas Municipales de Reclutamiento exigirán que todos los mexicanos que no vayan a prestar sus servicios en las Unidades del activo cumplan con las obligaciones que les marca la Ley del Servicio Militar y el presente Reglamento y para el efecto, dispondrán de todos los elementos oficiales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.