Reglamento federal

Artículo 206 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar

Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 206.- La Juntas Municipales de Reclutamiento en los casos de duda tendrán el derecho de verificar el domicilio de los mexicanos de edad militar usando para el efecto de los elementos oficiales.

CAPITULO XX De las atribuciones y deberes de los empadronadores

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 206 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar?

La Juntas Municipales de Reclutamiento en los casos de duda tendrán el derecho de verificar el domicilio de los mexicanos de edad militar usando para el efecto de los elementos oficiales. CAPITULO XX De las atribuciones…

¿Está vigente el artículo 206?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 06-06-1947. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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