Artículo 9º de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 9º.- El contingente anual de individuos que deba encuadrarse en las Unidades se fijará por el Poder Ejecutivo de la Unión, de acuerdo con las necesidades racionales y posibilidad económica del Erario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.