Artículo 70 de Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal · Última reforma de referencia: 04-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 70.- Las personas servidoras públicas sujetas a evaluación del desempeño y sus superiores jerárquicos deben llevar a cabo sesiones de seguimiento o un plan de acción para mejorar su desempeño y lograr el cumplimiento de metas del periodo correspondiente.
Artículo reformado DOF 04-01-2024
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.