Artículo 24 de Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 24. El Registro tiene por objeto inscribir a las Organizaciones que así lo soliciten y que cumplan con los requisitos que establece la Ley y el presente Reglamento, así como el de establecer un Sistema de Información que identifique las Actividades que realicen dichas Organizaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.