Artículo 123 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 123. Las entidades serán responsables de presentar a la Secretaría el informe de pasivo circulante antes del último día hábil de febrero de cada ejercicio. Las entidades coordinadas presentarán su información por conducto de las dependencias coordinadoras de sector.
CAPÍTULO IX Del Ejercicio y Pago en Servicios Personales SECCIÓN I De las disposiciones generales del ejercicio y pago en servicios personales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.