Artículo 287 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 287. Las dependencias y entidades serán las responsables de la información que remitan para la integración de los informes trimestrales y de la que, para los mismos efectos, remitan a través de los sistemas que disponga la Secretaría, por lo que, en su caso, deberán presentar ante las instancias competentes las aclaraciones que les sean requeridas. Los datos entregados se considerarán preliminares para efectos de Cuenta Pública.
Artículo reformado DOF 04-09-2009
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.