Reglamento federal

Artículo 32 de Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 32.- La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades competentes, realizará y promoverá, las actividades siguientes:

I. La investigación científica y tecnológica en materia de semillas, variedades vegetales y recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura;

II. La conservación, estudio y aprovechamiento de especies vegetales con potencial para la alimentación y la agricultura, y III. La celebración de convenios con instituciones de enseñanza superior o de investigación, con el propósito de vincular sus programas de investigación en materia objeto de la Ley, a las demandas de las cadenas productivas; incrementar y fortalecer la capacidad nacional en materia de semillas a través de programas de capacitación y formación de cuadros profesionales.

Las actividades señaladas en el presente artículo deberán dirigir la investigación con base a la realización de proyectos encaminados hacia la competitividad nacional.

CAPÍTULO VII DE LOS CATÁLOGOS Sección I Del Catálogo Nacional de Variedades Vegetales

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 32 de Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas?

La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades competentes, realizará y promoverá, las actividades siguientes: I. La investigación científica y tecnológica en materia de semillas, variedades vegetales y…

¿Está vigente el artículo 32?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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