Artículo 204 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 204. Las mercancías reguladas de importación que requieran de refrigeración o congelación y sean destinadas para consumo humano, deberán ser inspeccionadas en los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria para importación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.