Artículo 10 de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado
Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 10. En caso de que el Instituto conceda una prórroga a una Concesión o Autorización, las obligaciones en materia de CSRE se mantendrán durante el mismo plazo de vigencia por la que sea concedida dicha prórroga y, en su caso, dichas obligaciones deben ajustarse a las modificaciones que deriven de la prórroga.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.