Reglamento federal

Artículo 6 de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado

Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 6. La Secretaría, para determinar la CSRE, debe considerar los elementos siguientes:

I. Los recursos orbitales que serán objeto de la Concesión y Autorización;

II. La Posición orbital geoestacionaria que se pretende ocupar o, en su caso, la descripción detallada de la Órbita u Órbitas satelitales, así como la del Sistema satelital correspondiente.

Para efectos de esta fracción se entiende por Órbitas satelitales, a la órbita terrestre baja y la órbita terrestre media:

a) Órbita terrestre baja es la posición ubicada entre 400 km y 2,000 km de altura sobre la superficie del planeta, y b) Órbita terrestre media es la posición ubicada entre una posición orbital geoestacionaria y una órbita terrestre baja;

III. La Banda de frecuencia que será objeto de la Concesión y Autorización, así como sus modalidades de uso y zona geográfica en que será utilizada;

IV. Los servicios que prestará la persona titular de la Concesión o Autorización;

V. El período de vigencia que tendrá la Concesión o Autorización;

VI. Las especificaciones técnicas del proyecto, y VII. Los programas y compromisos de inversión, calidad, de cobertura geográfica, poblacional o social, de conectividad en sitios públicos y de contribución a la cobertura universal que, en su caso, determine el Instituto.

Cuando el Instituto otorgue Concesiones bajo un esquema de asociación público-privada, en apego a lo dispuesto en la legislación aplicable, la CSRE debe ser determinada por la Secretaría, de conformidad a los fines del proyecto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 6 de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado?

La Secretaría, para determinar la CSRE, debe considerar los elementos siguientes: I. Los recursos orbitales que serán objeto de la Concesión y Autorización; II. La Posición orbital geoestacionaria que se pretende ocupar…

¿Está vigente el artículo 6?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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