Reglamento federal

Artículo 44 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales · Última reforma de referencia: 29-09-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 44.- La Carta de Intención que deberán suscribir los titulares de los gobiernos de las Entidades Federativas y los Municipios en donde se pretenda establecer la Zona deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

I. El consentimiento para el establecimiento de la Zona, incluyendo la autorización del Poder Legislativo local si ello se requiere en términos de la legislación estatal, y el acuerdo del Ayuntamiento del Municipio correspondiente;

II. La obligación de suscribir el Convenio de Coordinación en caso de que se emita el Decreto de Declaratoria de la Zona, así como a participar en la elaboración del Programa de Desarrollo;

III. La obligación de establecer un mecanismo de coordinación permanente entre los tres órdenes de gobierno en los términos del Convenio de Coordinación;

IV. Las facilidades e incentivos que, en el ámbito de sus respectivas competencias, otorgarán a los Administradores Integrales e Inversionistas para el establecimiento y desarrollo de la Zona, incluyendo la autorización, en su caso, del Poder Legislativo estatal y del Ayuntamiento que se requiera en términos de la legislación local;

V. La obligación de llevar a cabo todas las medidas administrativas necesarias para el establecimiento y operación de la Zona, así como para la instalación y operación de Inversionistas dentro de la misma, y VI. La obligación de participar, conforme a su capacidad financiera, en el financiamiento de las inversiones públicas que se requieran para el establecimiento y desarrollo de las Zonas y su Área de Influencia, incluyendo el acceso a los servicios públicos necesarios.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales?

La Carta de Intención que deberán suscribir los titulares de los gobiernos de las Entidades Federativas y los Municipios en donde se pretenda establecer la Zona deberá contener, por lo menos, lo siguiente: I. El…

¿Está vigente el artículo 44?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 29-09-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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