Reglamento federal

Artículo 45 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales · Última reforma de referencia: 29-09-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 45.- La Evaluación Estratégica tendrá por objeto conocer los riesgos sociales y ambientales relativos al establecimiento de una Zona y su Área de Influencia, y deberá contener, cuando menos, los elementos siguientes:

I. Aspectos generales:

a) Descripción y características del proyecto para el establecimiento de la Zona, así como de la Infraestructura y Actividades Económicas Productivas que se pretenden desarrollar en la Zona;

b) Ubicación geográfica preliminar de la Zona y el Área de Influencia, y c) Descripción de la situación jurídica de los terrenos donde se pretenda asentar la Zona;

II. Estudio de impacto social:

a) Caracterización sociodemográfica de las áreas y regiones donde se pretende ubicar la Zona y su Área de Influencia;

b) Identificación de grupos en situación de vulnerabilidad;

c) Identificación y caracterización de las comunidades y pueblos indígenas que, en su caso, habitan en el lugar donde se pretende establecer la Zona y su Área de Influencia, y d) Identificación y valoración del impacto social que podría causar el establecimiento de la Zona;

III. Estudio de impacto ambiental:

a) Señalamiento de que la ubicación y superficie del proyecto para el establecimiento de la Zona, se encuentra, en su caso, en áreas naturales protegidas, federales o locales; zonas sujetas a protección ambiental, nacional o internacional, o áreas con especies sujetas a algún tipo de restricción jurídica en términos de las disposiciones ambientales federales;

b) Relación de los ordenamientos sobre el uso del suelo en los terrenos donde se pretende asentar la Zona, con los criterios ambientales aplicables al sitio respectivo;

c) Descripción de los recursos naturales involucrados o susceptibles de aprovechamiento, uso o afectación para el desarrollo y operación de la Zona, y d) Análisis sobre el cumplimiento de las disposiciones de protección ambiental, preservación y conservación del equilibrio ecológico en los ámbitos federal, estatal o municipal, así como los efectos sobre el ambiente que pueda causar la ejecución de las obras correspondientes para el establecimiento y operación de la Zona, y IV. Conclusiones respecto a la viabilidad social y ambiental del proyecto para el establecimiento de la Zona y, en su caso, el señalamiento de las medidas preliminares de prevención y mitigación de los riesgos sociales y ambientales que pudiera causar dicho proyecto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 45 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 45 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales?

La Evaluación Estratégica tendrá por objeto conocer los riesgos sociales y ambientales relativos al establecimiento de una Zona y su Área de Influencia, y deberá contener, cuando menos, los elementos siguientes: I.…

¿Está vigente el artículo 45?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 29-09-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.