Reglamento federal

Artículo 80 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales · Última reforma de referencia: 29-09-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 80.- La Autoridad Federal podrá, a solicitud del interesado, aprobar la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones señalados en el Permiso, siempre que se cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 23 de la Ley.

El escrito que el Administrador Integral presente a la Autoridad Federal para solicitarle la aprobación de la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones establecidos en su Permiso, deberá contener, así como adjuntar los documentos, según corresponda, siguientes:

I. Nombre del cesionario, así como el instrumento en el que conste su acta constitutiva y, en su caso, sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio;

II. Nombre del representante legal del cesionario, así como el instrumento que lo acredite como tal y los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, y su identificación oficial;

III. El domicilio del cesionario;

IV. Los términos y condiciones de la cesión;

V. Los documentos que demuestren que el cedente ha cumplido con todas las obligaciones a su cargo, en términos de la Ley, este Reglamento y el Permiso;

VI. Los documentos que demuestren que el cesionario cuenta con solvencia moral y económica, así como capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir sus obligaciones, y VII. El compromiso del cesionario de cumplir con las obligaciones del Administrador Integral que se encuentren pendientes, y asuma las demás condiciones que al efecto establezca la Autoridad Federal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 80 de Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales?

La Autoridad Federal podrá, a solicitud del interesado, aprobar la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones señalados en el Permiso, siempre que se cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 23…

¿Está vigente el artículo 80?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 29-09-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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