Artículo 25 de Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 25. Conforme a lo dispuesto por los artículos 30, fracciones III y XIII, 37 y 38, de la Ley, la CONADE se coordinará con los Estados, el Distrito Federal, las delegaciones y los municipios para integrar y actualizar el RENADE, de conformidad con los lineamientos que de acuerdo a sus atribuciones expida, debiéndose tomar en consideración lo siguiente:
I. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Estatales y del Distrito Federal con competencia en materia de Cultura Física y Deporte, deberán entregar:
a) Copia certificada del nombramiento del Titular de la dependencia o entidad;
b) El listado de los integrantes del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente;
c) El programa general de actividades por el período de gobierno y el programa operativo anual de la dependencia o entidad, formulado de acuerdo al Programa;
d) Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad estatal o del Distrito Federal, y e) Cumplir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema estatal de Cultura Física y Deporte, y II. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Municipales de Cultura Física y Deporte deberán entregar:
a) Copia certificada del nombramiento del Titular del Órgano;
b) El listado de los integrantes del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente;
c) El programa general de actividades por el período de gobierno y el programa operativo anual del organismo o entidad, formulado de acuerdo al Programa;
d) Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad municipal, y e) Cubrir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema municipal de Cultura Física y Deporte.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.