Artículo 48 de Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 48. La CONADE tomando en cuenta los datos contenidos en el RENADE, elaborará en colaboración con las asociaciones deportivas nacionales un Padrón de Entrenadores de Alto Rendimiento, el cual se deberá actualizar anualmente.
CAPÍTULO V De la Participación de Selecciones Nacionales en Competiciones Internacionales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.