Artículo 76 de Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 76. La CONADE emitirá la opinión técnica de la estructura curricular y docente cuando así lo soliciten las instituciones educativas; las asociaciones y sociedades: deportivas nacionales, de recreación, del Deporte en la rehabilitación, de cultura física-deportiva y de los entes de promoción deportiva que ofrezcan programas académicos en cualquiera de sus modalidades en materia de Cultura Física y Deporte, así como en dopaje en el Deporte.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.