Artículo 10 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 10.- Todas las autoridades pertenecientes a la Administración Pública Federal tienen la obligación de proteger, respetar y promover los derechos culturales, debiendo hacer uso de los medios jurídicos que estén a su disposición.
El incumplimiento a lo previsto en el párrafo anterior se sancionará conforme a lo previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.