Reglamento federal

Artículo 9 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales

Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 9.- Toda persona, a título individual o colectivo, tiene derecho a:

I. Elegir y a que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión. Este derecho se ejerce, en especial, en relación con la libertad de pensamiento, conciencia, religión, opinión y de expresión;

II. Conocer y a que se respete su propia cultura y, también el patrimonio común de la humanidad. Esto implica particularmente el derecho a conocer los derechos culturales, valores esenciales de ese patrimonio; a la información, a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las diferentes culturas, así como recursos para las generaciones presentes y futuras;

III. Elegir libremente el identificarse o no, con una o varias comunidades culturales, así como a modificar la elección;

IV. Negarse a ser compelido a identificarse o a ser asimilado a una comunidad cultural;

V. Acceder y participar libremente, en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija; el derecho mencionado en esta fracción comprende:

a) La libertad de expresar su pensamiento cultural, en público o en privado, en el o los idiomas de su elección;

b) La libertad de ejercer las propias prácticas culturales, y de seguir un modo de vida asociado a la valorización de sus recursos culturales, en particular en lo que atañe a la utilización, la producción y la difusión de bienes y servicios culturales;

c) La libertad de desarrollar y compartir conocimientos, expresiones culturales, emprender investigaciones y participar en las diferentes formas de creación y sus beneficios, y d) El derecho a la protección de los intereses morales y materiales relacionados con las obras que sean fruto de su actividad cultural;

VI. A una formación que contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural, siempre que se respeten los derechos de los demás y la diversidad cultural; el derecho mencionado en esta fracción comprende:

a) El conocimiento y el aprendizaje de los derechos culturales, y b) La libertad de dar y recibir una enseñanza de su idioma y en su idioma o de otros idiomas y en otros idiomas, al igual que un saber relacionado con su cultura y sobre las otras culturas;

VII. La libertad de expresión, que incluye la expresión artística, la libertad de opinión e información, el respeto a la diversidad cultural, y el derecho a recibir una información libre y plural, que contribuya al desarrollo pleno, libre y completo de su identidad cultural en el respeto de los derechos del otro y de la diversidad cultural; el derecho mencionado en esta fracción comprende:

a) La libertad de buscar, recibir y transmitir información, y b) El derecho de participar en la información plural, en el o los idiomas de su elección, de contribuir a su producción o a su difusión a través de todas las tecnologías de la información y de la comunicación, y VIII. Al desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 9 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales?

Toda persona, a título individual o colectivo, tiene derecho a: I. Elegir y a que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión. Este derecho se ejerce, en especial, en relación con la…

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.