Artículo 26 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 28-08-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 26.- En el proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, se precisarán los recursos financieros destinados a los programas de desarrollo social prioritarios y de interés público a que se refiere el artículo 19 de la Ley.
Sección II Del Ejercicio y la Ejecución del Presupuesto Público Federal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.